El Modelo 347 es una de las declaraciones informativas más conocidas (y temidas) del calendario fiscal en España. Aunque no implica pagar ni devolver impuestos, su correcta presentación es clave para evitar requerimientos por parte de la Agencia Tributaria. En este artículo te explicamos en qué consiste, quién está obligado a presentarlo y todos los detalles que conviene tener en cuenta antes de hacerlo.
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¿Qué es el Modelo 347?
El Modelo 347 es una declaración informativa anual en la que empresarios y profesionales informan a la Agencia Tributaria de las operaciones realizadas con terceros (clientes y proveedores) cuyo importe total haya superado los 3.005,06 € (IVA incluido) durante el año natural.
Su finalidad es permitir a Hacienda cruzar datos entre lo que declara cada parte de una operación, detectando posibles incoherencias o fraudes.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Empresarios y profesionales que desarrollen actividades económicas.
Entidades o establecimientos de carácter social y comunidades de propietarios, por las adquisiciones de bienes y servicios que superen los 3.005,06 €.
¿Quién está exento?
Personas físicas y entidades en atribución de rentas en el IRPF que tributen en estimación objetiva y en el IVA por regímenes especiales (recargo de equivalencia, agricultura, ganadería y pesca, o simplificado), salvo por las operaciones por las que emitan factura.
Quienes no hayan realizado operaciones que superen los 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor durante el año natural.
Quienes estén acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII), ya que la información ya se remite a Hacienda en tiempo casi real.
Información que se declara
Una de las particularidades del Modelo 347 es que los importes se desglosan por trimestres, aunque el umbral de 3.005,06 € se calcula sobre el total anual. Por cada cliente o proveedor declarado se debe indicar:
Nombre y NIF.
Importe total anual de las operaciones.
Desglose trimestral.
Operaciones específicas como arrendamientos de locales de negocio (con referencia catastral) o cobros en metálico superiores a 6.000 €.
Operaciones que NO se incluyen
No todas las operaciones tienen que figurar en el 347. Quedan fuera, entre otras:
Operaciones sujetas a retención (ya se informan en los modelos 190, 180, etc.).
Operaciones intracomunitarias (modelo 349).
Importaciones y exportaciones.
Suministros de luz, agua, gas y seguros de la vivienda del declarante.
Operaciones realizadas al margen de la actividad empresarial o profesional.
Operaciones ya informadas a través del SII.
¿Cuándo y cómo se presenta?
El plazo de presentación es durante el mes de febrero, en relación con las operaciones del año natural anterior.
La presentación es obligatoriamente telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT, utilizando:
Certificado electrónico o DNI electrónico.
Sistema Cl@ve (solo personas físicas).
El cruce de datos: el punto crítico
Hacienda compara automáticamente los importes declarados por unos y otros. Si tu proveedor declara una operación contigo por un importe distinto al que tú has declarado, lo más habitual es recibir un requerimiento de comprobación.
Por eso es muy recomendable contrastar los saldos con clientes y proveedores antes de presentar el modelo, especialmente en operaciones cercanas al cierre del año, donde pueden producirse diferencias por el momento de registro de la factura.
Desde tunuve te facilitamos esta tarea: con el Informe Anual (Modelo 347) donde puedes descargar en Excel los importes acumulados por cliente y proveedor para revisarlos y compararlos antes de la presentación oficial.
Posibles sanciones
Presentar el modelo fuera de plazo, no presentarlo o hacerlo con datos incorrectos puede acarrear sanciones:
20 € por dato omitido o incorrecto, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 € si se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo.
Las sanciones se incrementan si hay requerimiento previo de la Administración o si los datos son inexactos.
En resumen
El Modelo 347 no implica pagar impuestos, pero es una pieza clave del sistema de control de la Agencia Tributaria. Llevar la facturación al día y revisar los datos antes de la presentación es la mejor forma de evitar incidencias.
Desde tunuve seguimos trabajando para facilitarte estos procesos.
Si tienes cualquier duda o detectas alguna incidencia relacionada con tunuve, puedes escribirnos a soporte@tunuve.com.
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